SIN INFORMACION

MARTÍNEZ CORTÉS, AMALIA ELIANA/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Amalia Eliana Martínez Cortés, deduciendo recurso de protección en contra del Banco del Estado de Chile, señalando como acto ilegal y arbitrario la negativa a entregar el saldo de su cuenta depósito a plazo renovable y la nula respuesta por parte tal institución. Sostiene que el 28 de agosto de 2024, le escribió al Presidente de la entidad recurrida, indicándole las gestiones que había realizado para el retiro del depósito a plazo renovable, cuyo último monto ascendía a $1.672.491, sin obtener respuesta satisfactoria al respecto. Lo anterior, dado que para aquello el Banco le exigía una serie de documentación referida a los herederos, lo que imposibilita la disposición del dinero. Reprocha el monto de intereses que la recurrida habría otorgado por el monto depositado, considerando los 17 años que se ha mantenido en tal modalidad y acota que, si bien el dinero era suyo –obtenido a propósito de la venta de un bien– el depósito a plazo quedó registrado a nombre de su cónyuge, quien falleció hace años. Culmina requiriendo se ordene al Banco del Estado de Chile realizar todas las gestiones para que se lleve a cabo, y a la mayor brevedad posible, todo lo solicitado, “porque necesito mi dinero para acceder a una mejor salud, para ayudar a pagar al maestro que quiero que me construya el baño y para vivir tranquila mis últimos años acompañada de mis seres queridos”. Acompaña a su recurso: 1. Carta al Presidente Banco Estado, de 28 de agosto de 2024; 2. Carta dirigida a la Contralora General de la República; 3. Respuesta Contraloría Regional Folio: E573352/2024, de 2 de diciembre de 2024; 4. Comprobante pagaré por depósito a plazo renovable por un monto de $1.031.000, de 5 de diciembre de 2008; 5. informe anatomo patológico, de 17 de octubre de 2022; 6. Certificado de posesión efectiva; y 7. Compraventa N°34 del Conservador de Bienes Raíces de Illapel. SEGUNDO: Que a folio 9, comparece el Banco del Estado de Chile, evacuando el informe requerido, solicitando el rechazo del recurso intentado, con costas. Indica que la acción de protección no es un procedimiento destinado a obtener un pronunciamiento sobre la existencia del derecho invocado, su validez y cualquier materia que requiera discusión y tramitación de lato conocimiento. Refiere que le respondió a la recurrente dado el reclamo ingresado en la Comisión para el Mercado Financiero, señalándosele que para poder acceder al pago del depósito a plazo N°4617146, primeramente, debe presentar el documento original junto a la posesión efectiva en cualquier oficina, por cuanto fue tomado originalmente por ella y su marido, quien falleció. Agrega que el depósito a plazo singularizado fue impreso el 5 de diciembre de 2008 en la sucursal Illapel y se ha ido renovando automáticamente a 90 días desde esa época, acaeciendo la última el 11 de diciembre de 2024, por un monto final de $1.708.811. Acota que se informó que para poder cobra el documento, la actora debía tener e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Amalia Eliana Martínez Cortés, en contra del Banco del Estado de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°122-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Martínez Cortés, Amalia Eliana Banco del Estado de Chile Recurso de protección Rol N°122-2025 La Serena, veintisiete de febrero dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Amalia Eliana Martínez Cortés, deduciendo recurso de protección en contra del Banco del Estado de Chile, señalando como acto ilegal y arbitrario la negativa a entregar el saldo de su cuenta depósito

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