FACTOTAL S.A./EMPRESA DE ADM CONSULTORA SERV. ASESORIA CORRETAJES E INMOBILIARIA R Y R LTDA
Rol
Fecha
3 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que se recurre en contra de la resolución de treinta de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 32) que cita a las partes a oír sentencia, providencia que conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil sólo es susceptible de impugnar por la vía de la reposición, razón por la cual la apelación no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el quince de enero de dos mil veinticinco (folio N° 33), en contra de la resolución de treinta de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 32 – cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-1722-2025.jzc
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el quince de enero de dos mil veinticinco (folio N° 33), en contra de la resolución de treinta de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 32 – cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-1722-2025.jzc
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Que se recurre en contra de la resolución de treinta de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 32) que cita a las partes a oír sentencia, providencia que conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil sólo es susceptible de impugnar por la vía de la reposición, razón por la cual
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