JUZGADO DE GARANTIA DE CASTRO

MP. C/ FRANCO BASTIAN TRONCOSO CARDENAS

Rol

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado adolescente Franco Bastián Troncoso Cárdenas. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se le atribuye al imputado. Esto, en consideración de las grabaciones obtenidas del lugar en donde ocurren los ilícitos, el levantamiento del cuchillo, el protocolo de autopsia de la víctima, que da cuenta de la causa de muerte por herida cortante cervical, la declaración de la víctima conviviente del fallecido, la declaración de testigos, el reconocimiento fotográfico realizado por estos, el levantamiento de las conversaciones del imputado por redes sociales, la marihuana encontrada en el vehículo y la prueba de campo respectiva. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración el número y naturaleza de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación, esto es, un delito frustrado de robo con intimidación del artículo 436 del Código Penal y un delito de homicidio simple del artículo 391 N°2 del Código Penal, la forma de comisión, la pena de crimen asignada a éstos y la eventual forma de cumplimiento en caso de condena; se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y para la seguridad de la víctima, que se resguarda únicamente con la medida cautelar de internación provisoria impuesta en contra del imputado adolescente. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal y artículos 32 y siguientes de la Ley 20.084, se confirma la resolución apelada del veinticuatro de febrero del dos mil veinticinco, dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Andrea Yáñez Sanhueza, que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado adolescente Franco Bastián Troncoso Cárdenas. Devuélvase. Rol Penal 229-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado adolescente Franco Bastián Troncoso Cárdenas. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y

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