FUNDACIÓN MI CASA CON INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO
Rol
Fecha
27 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que el abogado Felipe Andrés Correa Bravo, en representación de Fundación Mi Casa, en autos laborales caratulados “Fundación Mi Casa con Inspección Comunal del Trabajo de Rengo”, RIT I-2-2024, sobre reclamación judicial en procedimiento de aplicación general, que se sigue ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha 11 de julio de 2024, dictada por Sandra Carolina Herrera Menares, juez titular de dicho juzgado, en tanto rechazó la reclamación interpuesta por su parte en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Rengo, estimando la sentencia que la resolución objeto del juicio se encontraba ajustada a derecho, recurriéndose la sentencia sólo en lo que tiene relación con las multas N°1868/23/50-1 y N°1868/23/50-2. En lo principal, y en relación con las multas ya referidas, el recurrente solicita que se declare la nulidad de la sentencia por la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, y que se dicte fallo de reemplazo dejando sin efecto ambas multas, o, en su caso, rebajando prudencialmente a un monto razonable la multa N°1868/23/50-2. En subsidio de lo anterior, para el caso de que se rechace la solicitud principal, pide que se declare la nulidad de la sentencia por haber ésta incurrido en la infracción contemplada en la causal del artículo 477, segunda parte, del Código del Trabajo, en relación con los artículos 511 y 512 del mismo cuerpo legal, dictando sentencia de reemplazo que rebaje prudencialmente a un monto razonable la multa N° 1868/23/50-2. Como segunda solicitud subsidiaria, para el caso que se rechace la petición anterior, y sólo respecto de la multa N°1868/23/50-1, solicita que se declare la nulidad de la sentencia por la causal contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, y que se dicte sentencia de reemplazo dejándola sin efecto. Se declaró admisible el recurso de nulidad materia de esta controversia, y en la audiencia de vista
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA CAUSAL INTERPUESTA EN LO PRINCIPAL. PRIMERO: Que consta de la sentencia cuya nulidad se solicita, que en ella se rechazó la demanda de reclamación de multas interpuesta por el abogado Felipe Andrés Correa Bravo en representación de Fundación Mi Casa. SEGUNDO: Que, como se indicara en la parte expositiva que precede, el recurrente dedujo, en lo principal, un recurso de nulidad fundado en el artículo 478 b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia “haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”, por estimar que la sentencia infringe el principio de razón suficiente que debe sustentar la fundamentación de la sentencia conforme a las reglas de la sana crítica, solicitando que se anule la sentencia en relación a lo resuelto respecto de las multas N° 1868/23/50-1 y N° 1868/23/50-2, y que se dicte
Fallo
fallo de reemplazo dejando sin efecto ambas multas, o, en su caso, rebajando prudencialmente a un monto razonable la multa N°1868/23/50-2. En subsidio de lo anterior, para el caso de que se rechace la solicitud principal, pide que se declare la nulidad de la sentencia por haber ésta incurrido en la infracción contemplada en la causal del artículo 477, segunda parte, del Código del Trabajo, en relación con los artículos 511 y 512 del mismo cuerpo legal, dictando sentencia de reemplazo que rebaje prudencialmente a un monto razonable la multa N° 1868/23/50-2. Como segunda solicitud subsidiaria, para el caso que se rechace la petición anterior, y sólo respecto de la multa N°1868/23/50-1, solicita que se declare la nulidad de la sentencia por la causal contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, y que se dicte sentencia de reemplazo dejándola sin efecto. Se declaró admisible el recurso de nulidad materia de esta controversia, y en la audiencia de vista del recurso el citado recurrente reiteró los argumentos vertidos en el escrito de nulidad mientras que el recurrido pidió el rechazo del recurso. Finalizadas las exposiciones de los intervinientes se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo, y producido éste, se procede a dictar el siguiente fallo. CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA CAUSAL INTERPUESTA EN LO PRINCIPAL. PRIMERO: Que consta de la sentencia cuya nulidad se solicita, que en ella se rechazó la demanda de reclamación d
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Rancagua, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Que el abogado Felipe Andrés Correa Bravo, en representación de Fundación Mi Casa, en autos laborales caratulados “Fundación Mi Casa con Inspección Comunal del Trabajo de Rengo”, RIT I-2-2024, sobre reclamación judicial en procedimiento de aplicación general, que se sigue ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, interpone recurso de
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