ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don René Cea Sandoval, en contra de la resolución de fecha veinte de enero de dos mil veinticinco, escrita a folio 129 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-55-2025.(acl)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don René Cea Sandoval, en contra de la resolución de fecha veinte de enero de dos mil veinticinco, escrita a folio 129 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-55-2025.(acl)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don René Cea Sandoval, en contra de la resolución de fecha veinte de enero de dos mil veinticinco, escrita a folio 129 en el expediente digital, por
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica