JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

RANDALL MAURICIO SERRANO ESPINOZA C/ RICHARD LEONARDO JEREZ MONDACA

Rol

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON SUSPENSION DE LICENCIA ART. 196 Y 209 INC. 2 LEY DE TRANSITO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la defensa del sentenciado Jerez Mondaca se ha alzado en contra de la sentencia de 6 de febrero de 2025, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, en aquella parte en que decide no conceder pena sustitutiva alguna a su representado, invocando que, no obstante sus dos condenas previas, la fecha de comisión del ilícito por el cual se le ha condenado en la presente causa (16 de julio de 2023) es anterior al 16 de mayo de 2024, data de su segunda condena, verificándose en consecuencia los presupuesto del artículo 8° de la Ley N°18.216 para optar a la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria, en particular el contemplado en su literal b). SEGUNDO: Que, por su parte, la representante del Ministerio Público, en la audiencia realizada en esta sede, ha sostenido que no concurren los presupuestos para conceder la pena sustitutiva peticionada por la defensa, en particular el requisito subjetivo prescrito en la letra c) de la disposición legal citada en el considerando que antecede, en atención a que las condenas que mantiene el encartado son referidas al mismo tipo de delito que el de marras. TERCERO: Que, asentado lo anterior, estiman estos juzgadores que, independiente de la determinación de la concurrencia de los requisitos objetos previstos en los literales a) y b) del artículo 8° de la Ley N°18.216, no es menos cierto que el requisito subjetivo previsto en su letra c), en este caso particular, no concurre, pues las tres sanciones que registra el condenado (la actual y las dos previas) son relativas al mismo tipo de delito, lo que revela un actuar contumaz respecto del bien jurídico protegido que él tutela, circunstancia suficiente para entender que la pena de reclusión parcial no lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358, 360 y 370 del Código Procesal Penal, y artículos 8 y 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia de seis de febrero de dos mil veinticinco, por la cual se rechazó la solicitud de pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna respecto del sentenciado Richard Leonardo Jerez Mondaca y se impuso el cumplimiento efectivo de la pena en establecimiento penitenciario, por no cumplir con el requisito previsto en la letra c) del artículo 8° de la Ley N°18.216. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Felipe Vilches Contreras. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N°117-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

Randall Mauricio Serrano Espinoza c/ Richard Leonardo Jerez Mondaca. Conducción Estado de Ebriedad con suspensión de licencia art. 196 y 209 inc.2 Ley de Tránsito. Rol N°117-2025 (Rit 1406-2023 del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos).- La Serena, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. Siendo las 09:44 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministr

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