SIN INFORMACION

INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SPA/MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Rol

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 28 de junio de 2024, comparece don Samuel Donoso Boassi, en representación de Inmobiliaria Parque La Florida SpA, interponiendo recurso de protección en contra del Ministerio de Obras Públicas, por haber autorizado en las Bases de Licitación del proyecto "Teleférico Bicentenario de Santiago" que una de sus estaciones se emplace y ejecute dentro del Cementerio Parque Santiago, ubicado en calle Rinconada Salto N°0516, comuna de Huechuraba, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que no se ha notificado a su representada de ningún acto administrativo, decreto u oficio que autorice la disposición del inmueble de su propiedad, vulnerando con ello los derechos fundamentales contemplados en el artículo 19 N°4 y 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se modifique el trazado del teleférico de manera que no atraviese el inmueble de su propiedad. Expone como antecedentes que Inmobiliaria Parque La Florida es dueña de los inmuebles donde se emplaza el Cementerio Parque Santiago, según consta en inscripciones del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011. Señala que el cementerio cuenta con 34.101 sepulturas vendidas, realiza 6 ceremonias de inhumación diarias y recibe aproximadamente 45.000 visitas mensuales. Destaca que se caracteriza por entregar un servicio integral con espacios serenos, silenciosos y privados para que los deudos puedan visitar a sus seres queridos. Indica que el 6 de mayo de 2024, mediante solicitud de transparencia, tomó conocimiento que el proyecto "Teleférico Bicentenario" contempla que una de sus estaciones y vías aéreas cruzará por el espacio del Cementerio Parque Santiago, con una longitud de 1.240 metros y aproximadamente 15 torres. Señala que el proyecto tendrá un horario de funcionamiento extenso, cabinas transparentes con capacidad para 10 personas, y se estima una circulación de 3.000 pasajeros por hora, que podría duplicarse en horario punta.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y se ordene al Ministerio de Obras Públicas modificar el trazado de las vías aéreas del teleférico de modo que no atraviese el Cementerio Parque Santiago, modificando las bases del contrato, los planos y todos los actos administrativos y jurídicos correspondientes. SEGUNDO: Que, informando el recurso el Ministerio de Obras Públicas ha solicitado el rechazo del mismo con costas. En primer término, alega la extemporaneidad del recurso, argumentando que la recurrente tuvo conocimiento del proyecto y sus características desde sus inicios, lo que se demuestra con la carta de fecha 13 de mayo de 2016, donde Carlos Rodolfo Vargas Paysen, en su calidad de Gerente General de la Inmobiliaria recurrente, manifestó expresamente estar de acuerdo con la ejecución del proyecto, con ciertas prevenciones relacionadas con niveles de ruido y distanciamiento de las cabinas. Agrega que el proyecto fue adjudicado mediante Decreto Supremo MOP N° 27 de 01 de marzo de 2018, publicado en el Diario Oficial N° 42.061 del 19 de mayo de 2018, por lo que la recurrente ha contado con al menos 6 años para impugnar el proyecto. En segundo lugar, sostiene la falta de idoneidad del recurso de protección para debatir cuestiones de lato conocimiento, dado que la complejidad y tecnicidad de la materia requiere de un procedimiento que permita el despliegue de actividad probatoria destinada a acreditar los hechos alegados. En cuanto al fondo, la recurr

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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 28 de junio de 2024, comparece don Samuel Donoso Boassi, en representación de Inmobiliaria Parque La Florida SpA, interponiendo recurso de protección en contra del Ministerio de Obras Públicas, por haber autorizado en las Bases de Licitación del proyecto "Teleférico Bicent

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