TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/LANAS DÍAZ CLAUDIA
Rol
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
EXHORTO-[CIVIL]
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando que la resolución recurrida corresponde a un simple decreto que no altera la normal sustanciación del juicio y que, por tanto, no se encuentra en la situación de excepción establecida en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil para habilitar la interposición del recurso de apelación y atento a lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita en la carpeta digital a folio N° 8, por improcedente. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 132-2025 Civil.-
Fallo
por tanto, no se encuentra en la situación de excepción establecida en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil para habilitar la interposición del recurso de apelación y atento a lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita en la carpeta digital a folio N° 8, por improcedente. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 132-2025 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando que la resolución recurrida corresponde a un simple decreto que no altera la normal sustanciación del juicio y que, por tanto, no se encuentra en la situación de excepción establecida en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil para habilitar la interposición del recurso de
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