JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

LUIS ALBERTO MOYA CALDERON C/ HECTOR MANUEL CIFUENTES JARA

Rol

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

PREVARICACION DEL ABOGADO.ARTS. 231 Y 232.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y de conformidad con lo previsto en el artículo 253 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de cuatro de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, mediante la cual decretó el sobreseimiento definitivo de la causa por prescripción de la acción penal. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, con declaración de que el sobreseimiento definitivo lo es por la causal contemplada en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito, en el entendido que, del tenor de lo expuesto en la querella de autos, no existen hechos constitutivos del delito de prevaricación y, en el caso del delito de estafa, existen antecedentes que demuestran que no existe perjuicio requerido para que se configure el tipo penal. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-388-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Certifico: Que, para la vista de la causa N°1 de la Tabla Ordinaria Reforma Penal, Rol Penal-431-2025, de la Quinta Sala de esta Corte, se ha dispuesto complemento de instalación, motivo por el cual esta Segunda Sala se integrará con el Ministro señor Álvaro Carrasco Labra, Ministro señor Pablo Droppelmann Cuneo y el Abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun, para cono

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