7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

ANDRES EUGENIO GATICA GONZALEZ C/ JUAN CARLOS GATICA GONZALEZ

Rol

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

FALSO TESTIMONIO, PERJURIO O DENUNCIA CALUMNIOSA.ART. 206 A 212.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Primero: Que es motivo de agravio para el recurrente, la decisión de el juez de Garantía que suspendió condicionalmente el procedimiento, a petición del Ministerio Público y con acuerdo de la defensa del imputado, en relación con el delito reiterado de acusación calumniosa, tipificado en el artículo 211 N° 1 del Código Penal, atribuido. Segundo: Que la medida de suspensión del procedimiento es de aquellas que pueden darse a fin de buscar una solución en el evento de concurrir, las circunstancias que hacen procedente alguna de las medidas alternativas de la pena que contempla la Ley Nro. 18.216. Esta decisión se basa en el principio de oportunidad y en la finalidad de evitar los efectos de una privación de libertad para un imputado que haya demostrado una conducta irreprochable y esté sujeto a una sanción inferior a los tres años. Tercero: Que el artículo 237 del Código Procesal Penal establece que el fiscal, con acuerdo del encausado, podrá solicitar al juez de Garantía la suspensión del procedimiento si la pena que pudiere imponerse a este no excede de tres años de privación de libertad y si no hubiere sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. Cuarto: Que en la presente causa se le atribuye al imputado el delito de acusación calumniosa, tipificado en el artículo 211 N° 1 del Código Penal, cuya sanción corresponde a presidio menor en su grado medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, si el hecho imputado fuere constitutivo de crimen. Quinto: Que, no obstante lo anterior, cabe señalar que el querellante imputa la reiteración del delito en los términos del artículo 351 del Código Procesal Penal, lo que implicaría, de así considerarse, un aumento de la pena que podría ser al menos en un grado. De ser así, la sanción base correspondería a presidio menor en su grado máximo, es decir, de tres años y un día a cinco años. En este contexto, y teniendo presente que el imputado solo contaría con la

Fallo

se resuelve que se rechaza la medida alternativa de suspensión condicional del procedimiento respecto del imputado Juan Carlos Gatica González. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 613-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-613-2025 Ruc: 1910024630-1 Rit : O-8679-2019 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la ministra señorita Romy Grace Rutherford Parentti, las ministras (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y señora Lidia Poza Matus Relator: Juan Pablo Lobiano Correa Digitador (a):

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