SIN INFORMACION

LUNA ZAVALIA TOMASA DEL CARMEN / LUNA PLAZA PAOLA MARGARITA Y OTROS

Rol

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que debe circunscribirse la competencia del partidor a los términos del acto de su nombramiento, es decir, a la sucesión del causante Jacinto Luna Mosqueira según la sentencia dictada el 15 de noviembre de 2019 por el 2º Juzgado Civil de esta ciudad en el asunto RIT C-27191-2019; lo contrario importa inobservancia a lo prescrito en los artículos 222 y 232 del Código Orgánico de Tribunales, pues no se cuenta con la aquiescencia de todas las partes concernidas en este asunto. Y de conformidad con los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veintiocho de marzo del año dos mil veintitrés, complementada el diez de abril de ese año por el árbitro Gastón Salinas Ugarte y se declara en su lugar, que la partición se substanciará sólo respecto la comunidad hereditaria formada por la muerte de Jacinto Luna Mosqueira. Devuélvase. N°6250-2023 Civil.

Fallo

se declara en su lugar, que la partición se substanciará sólo respecto la comunidad hereditaria formada por la muerte de Jacinto Luna Mosqueira. Devuélvase. N°6250-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

Alegó previo anuncio y relación pública el abogado don Emilio Carreño Soto por el recurso. San Miguel, 26 de febrero de 2025. Cristián Alcántara Mödinger, relator. San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veinticinco. Al escrito folio 11: Téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que debe circunscribirse la competencia del partidor a los términos del acto de su nombramiento,

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