SIN INFORMACION

RUBIO TELIAS JOSÉ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Nicolás Daniels Leonard, en representación de José Miguel Rubio Telias, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 4 de octubre de 2024 dictada por el Juzgado de Policía Local de Lo Barnechea, en autos sobre infracción a la Ordenanza sobre Ruidos Molestos de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, caratulados “I. Municipalidad de Lo Barnechea con Rubio”, Rol 10462-6-2024, mediante la cual se declaró inadmisible el recursó de apelación interpuesto por su parte en contra de la sentencia pronunciada por el ante citado tribunal con fecha 11 de septiembre de 2024, a objeto de que sea dejada sin efecto y se declare declarar admisible el recurso de apelación interpuesto. Reseña que, el caso de marras refiere a una supuesta infracción a la Ordenanza sobre Ruidos Molestos de la Municipalidad de Lo Barnechea, donde Rubio Telias fue condenado al pago de una multa de 5 UTM, mediante sentencia de fecha once de septiembre de dos mil veinticuatro. Añade que la sentencia le fue notificada el 24 de septiembre de 2024 mediante carta certificada enviada al domicilio del denunciado. Sin embargo, este se encontraba fuera del país entre el 12 y el 27 de septiembre del mismo año, por lo que no pudo enterarse de la notificación hasta su regreso. Alega que, con fecha 1 de octubre de 2024, el abogado Daniels Leonard presentó un recurso de apelación, argumentando que su representado no pudo ejercer su derecho a apelar debido a su ausencia del país. Acompañó documentos que acreditaban esta circunstancia. Luego, el 4 de octubre de 2024, el Juzgado de Policía Local rechazó el recurso de apelación, considerándolo extemporáneo y sin evaluar los documentos presentados que justificaban la demora. Estima que su recurso de apelación debió ser concedido, por cuanto si bien fue declarado extemporáneo, el recurso fue presentado dentro del plazo legal, ya que la notificación no fue efectiva debido a la ausencia del representado

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, SE RECHAZA el verdadero recurso de hecho interpuesto por el denunciado, José Miguel Rubio Telias. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Policía Local-3413-2024 (hecho).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Nicolás Daniels Leonard, en representación de José Miguel Rubio Telias, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 4 de octubre de 2024 dictada por el Juzgado de Policía Local de Lo Barnechea, en autos sobre infracción a la Ordenanza sobre Ruidos M

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