C/ MILTON ELEN DEL FIERRO BARRAZA Y OTRO
Rol
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA/CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1. Que, se ha cuestionado por la defensa la calificación jurídica del ilícito del robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación por el cual están formalizados ambos imputados. 2. Que, para lo anterior, se arguye por la defensa como nuevo antecedentes para formular su solicitud una declaración escrita hecha por la dueña del predio de marras, señalando que aquel se trata de una casa en construcción y que nadie vive allí 3. Que, efectivamente este nuevo antecedente permite, por ahora, aceptar que la calificación jurídica propuesta por la defensa, esto es, que se trata de un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, en un grado de desarrollo imperfecto, es plausible en esta etapa procesal. 4. Que así las cosas, lo anterior hace variar la necesidad de cautela que justificaba la imposición de la medida de mayor intensidad que contempla el Código Adjetivo Penal a fin de ligar al imputado Milton Elen Del Fierro Barraza a los actos del procedimiento. Sin embargo, en relación al imputado Hans Leonardo Loyola Veliz, se estima que a su respecto concurren dos de los parámetros de peligrosidad que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, que deben ser considerados por los juzgadores al momento de resolver la petición que hoy
Fallo
se resuelve, a saber, haber actuado en grupo o pandilla, por quienes intervinieron en el ilícito son dos personas, como también, el número y carácter de los delitos que se imputan al estimar que estos vulneran bienes jurídicos que el legislador desea proteger con rigurosidad, en particular en lo referido al delito de maltrato de obra a Carabineros. 5. Que, en consecuencia, y como se dirá en lo resolutivo, teniendo en particular presente lo pedido en el recurso de apelación, que es lo que limita la competencia de esta Corte, se dispondrá la libertad de Milton Elen Del Fierro Barraza y se mantendrá en prisión preventiva a Hans Leonardo Loyola Veliz. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal SE REVOCA la resolución dictada en audiencia del día diecinueve de febrero de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Garantía de Ovalle, en cuanto por esta mantuvo al imputado Milton Elen Del Fierro Barraza bajo la medida cautelar de prisión preventiva y en su lugar se dispone la libertad del mismo; y, SE CONFIRMA en lo demás la resolución en alzada. Se previene que el Ministro señor Espinosa, quien no obstante compartir la nueva calificación dada al delito que afecta la propiedad de la víctima, estima que ésta aminora la necesidad de cautela respecto de ambos imputados, en razón de la penalidad de ambos ilícitos, por lo que, se les debió imponer a ambos alguna de las cautelares menos rigorosas del artículo 155 del Código Proc
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiséis de febrero de dos mil veinticinco. Siendo las 09:52 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por los Ministros titulares señora Gloria Negroni Vera y señor juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en cont
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