JUZGADO DE GARANTIA DE LINARES

MARIO SEGUNDO ACEVEDO GUZMAN C/ ROSA CLARA SOTO ESCARES

Rol

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de quince de enero de dos mil veinticinco, inserta en carpeta virtual RIT 3367-2024 del Juzgado de Garantía de Linares, que decretó la medida cautelar real de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de los querellados Rosa Clara Soto Escares y Agustín Gustavo Leiva Soto. Devuélvase. N°Penal-82-2025.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de quince de enero de dos mil veinticinco, inserta en carpeta virtual RIT 3367-2024 del Juzgado de Garantía de Linares, que d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica