JORQUERA IBARRA JAIME ERIXSON/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Iván Vodanovic del Solar, Defensor Penal Privado, por el condenado Jaime Erixson Jorquera Ibarra, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile y de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que califica como ilegal y arbitrario consistente en rechazar la libertad condicional del amparado, mediante resolución de 25 de octubre de 2024. Expone que a partir de sus antecedentes y las actividades que ha realizado al interior del recinto penitenciario, fue incorporado al proceso de libertad condicional del segundo semestre de 2024. No obstante, recrimina que fue rechazada su petición, siendo que cumple todos los requisitos legales para la concesión del beneficio. Estima que la resolución impugnada resulta arbitraria e ilegal, toda vez que omite evaluar su comportamiento durante el período en que ha estado internado, el que, según alega, demuestra progresos significativos en su proceso de reinserción. Asimismo, indica que en la resolución se basa únicamente en las conclusiones negativas del informe psicosocial. Señala respecto del citado informe que este carece de análisis integral del proceso de reinserción del amparado y por lo tanto no logra dar cuenta de antecedentes categóricos que permitan orientar sobre factores de riesgo de reincidencia. Por lo anterior, pide que se acoja el recurso, concediendo la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que mediante resolución de 25 octubre del año 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio. Acompaña copia de dicha resolución, de la que se desprende que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisió
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que el amparado es un interno de alto compromiso delictual, que no registra beneficios intrapenitenciarios, que arroja un riesgo alto de reincidencia, con múltiples necesidades de intervención. En cuanto a su consciencia del delito y del mal causado, se observa disminuida, dado que reconoce parcialmente aquellos y tiende a justificar sus comportamientos antisociales. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Jaime Erixson Jorquera Ibarra, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-723-2025. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Inelie Durán Madina, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. Al folio 8, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Iván Vodanovic del Solar, Defensor Penal Privado, por el condenado Jaime Erixson Jorquera Ibarra, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería d
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