SIN INFORMACION

CRISTIAN MORALES URIBE/ COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero. A folio 1 compareció doña Sandra Zamora Oyarzún, defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Cristian Patricio Morales Uribe de 48 años de edad, quien dedujo la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de la resolución de 8 de octubre de 2024 dictada por la Comisión de Libertad Condicional en causa Rol 234-2024, por la cual se resolvió rechazar la solicitud de beneficio al amparado al interpretar desfavorablemente el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, lo que, a su juicio, se constituye en un acto ilegal, por las razones que expuso. Indicó que el amparado, desde el 27 de marzo de 2015, se encuentra cumpliendo una condena de 12 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de femicidio, sentencia dictada por el 6º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Añadió que registra 6 bimestres de muy buena conducta, desde el bimestre de septiembre-octubre de 2023, que el tiempo de término de condena se cumple el 27 de marzo de 2027 y que el tiempo mínimo -correspondiente a 2/3 del tiempo total- lo cumplió el 27 de marzo de 2023. Agregó que registra beneficios intrapenitenciarios como salida dominical desde el 5 de febrero de 2023, salida de fin de semana desde el 8 de marzo de 2024 y salida trimestral desde el 6 de marzo de 2023, con lo cual, cumple con todos los requisitos del artículo 2 del D.L. 321. Explicó que la Comisión de Libertad Condicional rechazó la postulación, por unanimidad, en atención a que, de acuerdo al informe de postulación psicosocial, no se vislumbran factores de reinserción que permitan acceder a la concesión de la libertad condicional. Argumentó que, sin embargo, a su juicio el amparado cumple con todos los requisitos legales, por cuanto los beneficios intrapenitenciarios han resultado favorables para su reinserción social. Así, en el plano educacional, cuenta con enseñanza media completa, en el ámbito laboral se desarrolla en el área avícola, panadería y casino funcionario e invernadero, además de contar con un plan de intervención vigente y en ejecución y contar con red de apoyo consistente en una amiga de la familia -doña Miladi Céspedes-. Solicitó se acoja el recurso en todas sus partes, ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho modificar en lo pertinente la resolución recurrida y se conceda la libertad condicional al amparado. Segundo. Por la Comisión de Libertad Condicional informó el recurso don Héctor Hinojosa Aubel, quien en primer lugar indicó que el amparado no se encuentra ilegalmente privado de libertad, como así tampoco amenazada su seguridad personal, sino que se encuentra cumpliendo condena por sentencia ejecutoriada emanada de Tribunal competente. Sin perjuicio de lo anterior, explicó que el recurso de amparo no constituye un mecanismo de revisión de las decisiones de la Comisión en cuanto a su mérito, por lo que no puede ser estimado como una instancia de apelación. Agregó que la sola circ

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor del condenado Cristian Patricio Morales Uribe. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-58-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero. A folio 1 compareció doña Sandra Zamora Oyarzún, defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Cristian Patricio Morales Uribe de 48 años de edad, quien dedujo la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de la resolución de 8 de octubre de 2024 dictada por la

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