SIN INFORMACION

PUENTES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Primero: Que comparece Laura Daniela Puentes Ramírez, quien patrocinada por abogado interponde acción de protección por si y en representación de su hija Antonia Ramírez Puentes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, que conculca sus garantías fundamentales, especificamente las contempladas en los numerales 2º y 16º de la Constitución Política de la República. Expone que ingresó al país en el año 2018 con un permiso de turista por 30 días, y que posteriormente decidió quedarse en el país, obteniendo una residencia temporaria el 14 de abril de 2022, vigente al 30 de diciembre del mismo año. Manifiesta que el 14 de diciembre del mismo año ingresó a trámite una solicitud de residencia definitiva, adjuntando todos los documentos requeridos, situación que no habría sido reconocida por la autoridad, toda vez que desde agosto de 2024 ha intentado pagar los derechos asociados, pero la plataforma no se lo permite. Sostiene que el día 27 de septiembre recibió una notificación de previo rechazo, la que afirma que no ha presentado el certificado de antecedentes, el que enfatiza, ya habría sido acompañado en dos oportunidades. Previo desglose de las garantías que estima vulneradas, solicita se acoja la acción interpuesta ordenando que: 1) Se deja sin efecto la resolución de 27 de septiembre de 2024 que notificó el previo rechazo de la solicitud de residencia definitiva iniciada el 14 de diciembre de 2022, por cuanto ya se han acompañado los certificados que la recurrida dice faltar; 2) Que se permita el pago de los derechos para obtener la residencia definitiva mediante un pago directo o personal o, en subsidio, que la autoridad le notifique y habilite el ID para realizar el pago efectivo; 3) Que se extienda la residencia definitiva a nombre de la recurrente; 4) Se condene en costas al recurrido. Segundo: Informando al tenor del recurso, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del mismo

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-20179-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: Primero: Que comparece Laura Daniela Puentes Ramírez, quien patrocinada por abogado interponde acción de protección por si y en representación de su hija Antonia Ramírez Puentes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, que conculca sus garantías fundamen

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica