JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ JONATHAN EDUARDO PINTO PINTO

Rol

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y lo expuesto por los intervinientes, se estima justificado el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el ilícito formalizado, a saber, robo con violencia. 2°) En cuanto a la necesidad de cautela, teniendo presente la gravedad del hecho, así como la circunstancia de mantener antecedentes penales anteriores, constituyen antecedentes calificados que permiten concluir que la prisión preventiva resulta indispensable para resguardar la seguridad de la sociedad, tal como concluyó la magistratura de base. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Cristian Medina Kirsten, en audiencia de diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado Jhonatan Eduardo Pinto Pinto, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-142-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Cristian Medina Kirsten, en audiencia de diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado Jhonatan Eduardo Pinto Pinto, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-142-2025.

Texto Completo (Preview)

Fecha: veinticinco de febrero de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-142-2025 Ruc N°: 2500220968-6 Rit N°: O-1210-2025 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministra señora Aida Osses Herrera, fiscal judicial señor Rodrigo Cid Mora y abogada integrante señora Verónica Álvarez Muñoz Relatora (s): Viviana Molina Chandia Abogada Asesora M.P.: Paula Chávez Navarro Def

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