SIN INFORMACION

EN FAVOR DE MORI DANIEL PINTO DÍAZ CONTRA ILMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA

Rol

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

SUBROGACIÓN LEGAL ICA TALCA

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Hechos

VISTOS: 1.-Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte, en contra de la resolución de fecha siete de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, en la causa Rol 158-2025 PEN. 2.- Que, al respecto, cabe recordar que de conformidad al artículo 66 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, la Sala que dictó la resolución impugnada representa a la Corte para todos los efectos legales, de modo que no resulta procedente recurrir de amparo ante este mismo Tribunal, contra la indicada resolución, pues de aceptarse lo anterior significaría darle competencia impropia como tribunal superior, a una Sala de la Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta seriamente las reglas sobre competencia absoluta contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía, lo que podría constituir seriamente una vulneración del artículo 7° de la Constitución Política de la República. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales, pasen los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, para su conocimiento y posterior resolución, como subrogante legal. Remítase estos autos a la I. Corte de Apelaciones de Talca, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 90-2025 Amparo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales, pasen los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, para su conocimiento y posterior resolución, como subrogante legal. Remítase estos autos a la I. Corte de Apelaciones de Talca, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 90-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Aml/Aaa Rancagua, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: 1.-Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte, en contra de la resolución de fecha siete de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, en la causa Rol 158-2025 PEN. 2.- Que, al respecto, cabe recordar que de conformidad al artículo 66 inciso

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