Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

NUEVA MASVIDA S.A. (EX ISAPRE ÓPTIMA)/MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO DIS AM

Rol

P-1373-2023

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 7 de marzo de 2023, comparece NUEVA MAS VIDA S.A., representada por el abogado Patricia Mateluna Fletcher, con domicilio en O’Higgins N° 1096, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones de salud impagas en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, representada por Henry Leonardo Campos Coa, domiciliado en Juan Antonio Ríos N° 1315, Talcahuano, fundado en la resolución que se acompaña, dictada en conformidad con lo señalado en la Ley N° 17.322, y Ley 18.933 por los trabajadores, meses y montos que se señalan en ella, y por un total de $3.010.265, más intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo, con costas.- Con fecha 5 de mayo de 2023, a folio 7, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución las excepciones de inexistencia de la prestación de servicios; y, pago de la deuda. En cuanto a la primera, la opone respecto de los trabajadores Ema Valladares Barrientos, Ricardo Retamal Rivas, Carlos Cesar Cabrera Silva, Juan Escribá Olmos, Mauricio Ávila Bejar, Estela Silva Caro, Natalia Rivera Fuentes, Mariana Bustos Muñoz, Yasna Muñoz Cortes. Indica que los trabajadores Ema Valladares; Natalia Rivera; y, Mariana Bustos, solicitaron permiso administrativo sin goce remuneraciones durante los periodos que se demandan; y, los otros trabajadores cesaron en sus funciones con anterioridad a los periodos referidos en la resolución de cobro. A su turno, en lo que respecta a la excepción de pago, la deduce respecto de los trabajadores Omar Gohde Agüero; Rosa Concha Melo; Domingo Rivas Duran; Giovanna Aburto Montecinos; Claudia Sanhueza de la Maza; Claudia Belt

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de marzo de 2023, comparece Nueva Mas Vida S.A., quien deduce acción de cobro de cotizaciones de salud impagas en contra de Ilustre Municipalidad de Talcahuano, todos ya individualizados, fundado en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por reproducidas en aras de la economía procesal, solicitando en definitiva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo, con costas.- SEGUNDO: Que, con fecha 5 de mayo de 2023, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución las excepciones de inexistencia de la prestación de servicios y pago de la deuda, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos, solicitando se declaren admisibles las excepciones opuestas, someterlas a tramitación y acogerla, rechazando íntegramente la demanda, con costas.- TERCERO: Que, habiéndose conferido traslado, este no fue evacuado por el ejecutante.- CUARTO: Que, la ejecutante rindió prueba documental de: a) oficios dirigidos a la Ilustre Municipalidad de Talcahuano de 3 de mayo de 2018; b) Decreto DAEM 3355 de 25 de abril de 2019; 324 de 13 de diciembre de 2021; 297 de 13 de diciembre de 2021; ; c) Certificados de pago de cotizaciones previsionales respecto de Omar Gohde, Rosa Concha, Domingo Rivas, Giovanna Aburto, Claudia Sanhueza, Claudia Beltrán, Gisela Fernández; d) Decreto DAS N° 1039 de 30 de diciembre de 2019; e) Formulario único de notificación y certificado de desafiliación electrónica respecto de Daniel Núñez; f) Finiquito de contrato de trabajo de 6 de octubre de 2021, respecto de Juan Carlos Escriba Código: DMTFXFXWEVZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Olmos y de 12 de noviembre de 2019, sobre Yasna Muñoz; y, g) Carta de Mariana Bustos a Director DAEM, de fecha 24 de septiembre de 2021; QUINTO: Que, ha señalado nuestra jurisprudencia, “El título ejecutivo presenta una naturaleza análoga a la de una prueba privilegiada, en términos tales que el acreedor dotado de él goza de la garantía jurisdiccional de solicitar el embargo de bienes suficientes del deudor y todo el peso de la prueba recae sobre éste. Es, pues, el ejecutado quien debe desvanecer la presunción de autenticidad y veracidad que el título supone, y si no rinde probanza alguna en apoyo de sus pretensiones, las excepciones que oponga no podrán prosperar y deberán ser rechazadas.” (C. Concepción, 14 julio 1967. R., t.64, sec.2ª, p.33 (C. 6º, p.34).- SEXTO: Que, la resolución N° 27.320, que sirve de base a ésta ejecución, consigna las siguientes cotizaciones impagas, respecto de: a) Emma Valladares Barrientos los periodos de 06/2018 a 08/18, 10/18, y 03/19 a 08/19; b) Ricardo Retamal Rivas, los periodos de 05/19 a 12/19; c) Omar Eduardo Gohde Agüero, por el periodo 07/19; d) Rosa Laura Concha, por

Fallo

FALLO: 28 DE JUNIO DE 2023.- Concepción, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 7 de marzo de 2023, comparece NUEVA MAS VIDA S.A., representada por el abogado Patricia Mateluna Fletcher, con domicilio en O’Higgins N° 1096, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones de salud impagas en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, representada por Henry Leonardo Campos Coa, domiciliado en Juan Antonio Ríos N° 1315, Talcahuano, fundado en la resolución que se acompaña, dictada en conformidad con lo señalado en la Ley N° 17.322, y Ley 18.933 por los trabajadores, meses y montos que se señalan en ella, y por un total de $3.010.265, más intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la ejecutada, ya singularizada, acogerla en todas sus partes, y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo, con costas.- Con fecha 5 de mayo de 2023, a folio 7, comparece el ejecutado, ya individualizado, y opuso a la ejecución las excepciones de inexistencia de la prestación de servicios; y, pago de la deuda. En cuanto a la primera, la opone respecto de los trabajadores Ema Valladares Barrientos, Ricardo Retamal Rivas, Carlos Cesar Cabrera Silva, Juan Escribá Olmos, Mauricio Ávila Bejar, Estela Silva Caro

Texto Completo (Preview)

CAUSA: RIT P-1373-2023 DEMANDANTE: NUEVA MAS VIDA S.A.- DEMANDADO: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO.- MATERIA: DEMANDA EJECUTIVA.- FECHA DE INICIO: 07 DE MARZO DE 2023.- PARA FALLO: 28 DE JUNIO DE 2023.- Concepción, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 7 de marzo de 2023, comparece NUEVA MAS VIDA S.A., representada por el abogado Patricia Mateluna Fletcher, con domicilio

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