PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SUÁREZ
Rol
Fecha
24 de febrero de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente la prueba producida en la causa, se estima que ésta no logra acreditar la existencia de dolo o culpa grave por parte del demandado, por lo que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 4, inciso 4°, de la Ley 20.009, disposición perentoria que establece que corresponde al emisor, demandante y recurrente probar que las operaciones no fueron autorizadas por el usuario, según razonó y concluyó el Juez del grado; y conforme, además, con lo dispuesto en los artículos 14 y 32 de la Ley 18.287 y artículos 2 y 5 de la Ley 20.009, SE CONFIRMA, con costas, la sentencia definitiva en alzada de fecha doce de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Policía Local de Cisnes, en cuanto por ella se rechazó íntegramente la acción deducida. Regístrese y devuélvase. Rol N° 63-2024 (Policía Local).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente la prueba producida en la causa, se estima que ésta no logra acreditar la existencia de dolo o culpa grave por parte del demandado, por lo que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 4, inciso 4°, de la Ley 20.009, disposición perentoria que establece que corresponde al
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica