DIEGO FERNANDO OLIVAR GÓMEZ/SEREMI DE SALUD REGIÓN DE VALPARAISO
Rol
Fecha
24 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Teniendo presente que el acto que se estima ilegal y arbitrario, y que se acompaña al recurso, fue dictado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la región de Valparaíso, por lo que se produjeron sus efectos en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-673-2025.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-673-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/mfmm Concepción, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Al recurso de folio 1: Visto: Teniendo presente que el acto que se estima ilegal y arbitrario, y que se acompaña al recurso, fue dictado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la región de Valparaíso, por lo que se produjeron sus efectos en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones
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