ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de febrero de 2025
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la sentencia apelada de veintidós de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado de Familia de San Miguel. Acordada con el voto en contra del ministro señor Sepúlveda quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada a fin de dar curso a la acción deducida. Regístrese y devuélvase. N° Familia-1506-2024
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la sentencia apelada de veintidós de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado de Familia de San Miguel. Acordada con el voto en contra del ministro señor Sepúlveda quien fue del parecer de r
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