JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ N.N.

Rol

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1° Que en estos autos, Rol N°271-2025 la defensa se ha alzado en contra de la resolución de diecinueve de febrero del año en curso, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Concepción mantuvo la medida cautelar prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en su modalidad parcial nocturna, al imputado Marco Antonio Loyola Quiroz. Pide revoque la resolución apelada y se sustituya la referida medida cautelar por aquella dispuesta en el artículo 155 letra c) del código mencionado. 2° Que el encartado se encuentra formalizado por el delito de fraude al Fisco, previsto y sancionado en el artículo 239 inciso 3° del Código Penal, en calidad de autor y en grado de ejecución consumado. 3° Que el apelante no controvierte los presupuestos contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y tan solo discute la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la misma norma, sin embargo, los argumentos de fondo que entrega se refieren exclusivamente a las circunstancias personales y familiares del imputado, no así en torno a las hipótesis que contempla la letra c) antes aludida, vale decir, que la cautelar dispuesta ya no es necesaria para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación, que no exista peligro de fuga, que no exista la posibilidad que pudiese obstaculizar la investigación, entre otras circunstancias, de modo que los argumentos planteados en estrados por el apelante no resultan idóneos ni adecuados para los fines que pretende, de modo tal que solo resta confirmar la resolución en alzada. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 144 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de febrero del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción, en los autos RIT 6200-2023, que mantuvo la medida cautelar prevista en el artículo 155 letra a), en su modalidad parcial nocturna,

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 144 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de febrero del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción, en los autos RIT 6200-2023, que mantuvo la medida cautelar prevista en el artículo 155 letra a), en su modalidad parcial nocturna, al imputado Marco Antonio Loyola Quiroz. Comuníquese y devuélvase. N°Penal-271-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCL/shp Concepción, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: 1° Que en estos autos, Rol N°271-2025 la defensa se ha alzado en contra de la resolución de diecinueve de febrero del año en curso, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Concepción mantuvo la medida cautelar prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en su modalidad parcial

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica