JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FISCALIA ARICA CONTRA FERNANDA GIANCARLA OSORIO VALDEZ Y ALVARO LEANDRO VEGA ZAMBRA

Rol

Fecha

22 de febrero de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende que en relación al imputado Álvaro Leandro Vega Zambra las medidas cautelares decretadas por el juez de Garantía de esta ciudad, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Respecto de la imputada Fernanda Giancarla Osorio Valdez se estima que concurren a su respecto, como respecto de ambos, los requisitos que señalan las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, los cuales por lo demás, no han sido, por el momento, debatidos derechamente en la audiencia, sin embargo respecto de Fernanda Giancarla Osorio Valdez se estima que su libertad, en relación a la letra c) de dicho articulado, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a que ha sido condenada con anterioridad por delitos que la ley señala igual o mayor pena, que incluso son de la misma naturaleza de uno de los imputados a su respecto, asimismo existe pluralidad de delitos en el caso de dicha imputada, y se encontraba cumpliendo una pena alternativa de una pena impuesta en causa penal diversa, en consecuencia SE REVOCA la resolución que no dio lugar a la prisión preventiva de Fernanda Giancarla Osorio Valdez y en su lugar se declara que se hace lugar a lo solicitado por el Ministerio Público, y se decreta la prisión preventiva en relación a Fernanda Giancarla Osorio Valdez. SE CONFIRMA la resolución apelada en cuanto no dio lugar a decretar la misma medida respecto de Álvaro Leandro Vega Zambra y decretó otras medidas cautelares, en reemplazo de la prisión preventiva conforme lo dispone el artículo 155 del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Zavala Fernández quien estuvo por confirmar igualmente la resolución del juzgado de garantía de esta ciudad, en la parte que decretó otras medidas cautelares en relación a la imputada mujer Fernanda Giancarla O

Fallo

se declara que se hace lugar a lo solicitado por el Ministerio Público, y se decreta la prisión preventiva en relación a Fernanda Giancarla Osorio Valdez. SE CONFIRMA la resolución apelada en cuanto no dio lugar a decretar la misma medida respecto de Álvaro Leandro Vega Zambra y decretó otras medidas cautelares, en reemplazo de la prisión preventiva conforme lo dispone el artículo 155 del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Zavala Fernández quien estuvo por confirmar igualmente la resolución del juzgado de garantía de esta ciudad, en la parte que decretó otras medidas cautelares en relación a la imputada mujer Fernanda Giancarla Osorio Valdez en reemplazo de la prisión preventiva en conformidad al artículo 155. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 145-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veintidós de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Verano Rol: 145-2025 Penal Ruc: 2401260654-7 RIT: 1263 - 2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señora Claudia Arenas González y señor Héctor Gutiérrez Massardo. Relator (a): María Pía Bustamante Muller Digitador (a): Mariela Canchaya Ca

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