BANCO DE CHILE/NÚÑEZ
Rol
Fecha
25 de febrero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido en mérito de lo dispuesto en los artículos 189 inciso primero y 201 del Código de Procedimiento Civil, que establecen como requisito de admisibilidad del recurso de apelación, que éste contenga peticiones concretas, las que permitan a esta Corte establecer su competencia y, teniendo presente que de la lectura del recurso que genera la alzada y donde se indica expresamente: “revoque la sentencia recurrida y la enmiende conforme a derecho en el sentido de que, se satisfagan las exigencias legales en cuanto a las partes de la sentencia, conforme el artículo atingente en la especie.”, es dable concluir o desprender que el argumento del mismo corresponde a un recurso de casación en la forma, el cual no fue interpuesto, advirtiendo esta sede que lo solicitado escapa al ámbito de aplicación de un recurso de apelación y, de consiguiente, carece de peticiones concretas respecto de aquél intentado, razones por las cuales, se declara inadmisible, por carecer de peticiones concretas el recurso interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha diez de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, en causa Rol C-750-2024. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Corte 242-2025 Civil.
Fallo
se declara inadmisible, por carecer de peticiones concretas el recurso interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha diez de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, en causa Rol C-750-2024. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Corte 242-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
Aml/Aaa Rancagua, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido en mérito de lo dispuesto en los artículos 189 inciso primero y 201 del Código de Procedimiento Civil, que establecen como requisito de admisibilidad del recurso de apelación, que éste contenga peticiones concretas, las que permitan a esta Corte establecer su competencia y, teniendo presente que de la lectura del re
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