GONZALO ANDRE CORNEJO CORNEJO CONTRA COMPIN Y SUSESO
Rol
Fecha
21 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales Que, de los documentos adjuntos y sin perjuicio de los señalado en el relato se su libelo, se puede concluir que las acciones que imputa a las recurridas consisten en lo resuelto el seis de enero y ratificado el cuatro de mayo y seis de septiembre, todos del año dos mil veintitrés, de lo que se tiene que el presente recurso aparece deducido en forma extemporánea al haber sido presentado el día diecinueve de febrero pasado. Así, habiendo transcurrido con creces el plazo exigido dispuesto en el N°1 del Texto Refundido del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible por extemporáneo el referido recurso. N° Ingreso 579-2025- PROT
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible por extemporáneo el referido recurso. N° Ingreso 579-2025- PROT
Texto Completo (Preview)
CH3. MVT San Miguel, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. A la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artíc
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