15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ISAAC MOISÉS HUERTA NAVARRETE. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253).

Rol

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes expuestos en estrados, aparece, que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, que mantuvo el tribunal a quo. Y visto, además, lo previsto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución apelada de veinte de febrero en curso, dictada en los autos RIT 5013-2023 por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo respecto del imputado Isaac Moisés Huerta Navarrete las medidas previstas en las letras a), d) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Juan Carlos Silva Aldunate, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y disponer la prisión preventiva de Huerta Navarrete, atendida la circunstancia de contar con antecedentes penales pretéritos y de haber sido necesario disponer una orden de detención para su comparecencia a la audiencia respectiva. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°592-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Primera Rol Corte: 592-2025 RIT: 5013-2023 Ruc: 2301357034-5 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Cristian Calderón Bórquez Abogado asesor del Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensora penal pública: María Iris Bittner Santander Imputado: Isaac Moisés Huerta Navarrete Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Del

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