MYRLENE MILFORT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Marcelo Carvallo Contreras interpone recurso de protección en favor de Myrlene Milfort, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N 25.316.012-8, con domicilio en pasaje Dos Oriente N°1678, comuna de La Pintana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto del acto terminal que aprueba o rechaza solicitud de carta de nacionalización, formulada el 28 de octubre de 2023, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Indica que el recurrente, el 28 de octubre de 2023, solicitó la nacionalización, adjuntando todo los documentos necesarios y vigentes para darle continuidad a dicho proceso, posteriormente, con en septiembre de 2023 realizó el pago de los derechos migratorios, sin embargo, a la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Sostiene que la recurrida ha vulnerado el principio de celeridad consagrado en la Ley N°19.880 y, en consecuencia, su derecho de igualdad ante la ley. Solicita que se ordene a la recurrida que se pronuncie definitivamente sobre su solicitud de nacionalidad dentro de un plazo razonable que no exceda de 60 días, con costas Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, evacua el informe respectivo, solicitando el rechazo de la acción constitucional por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Myrlene Milfort, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio que la tramitación deberá continuar como el ordenamiento jurídico lo dispone y resolverse dentro de un plazo razonable. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 281-2025-Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Marcelo Carvallo Contreras interpone recurso de protección en favor de Myrlene Milfort, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N 25.316.012-8, con domicilio en pasaje Dos Oriente N°1678, comuna de La Pintana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, represent
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