JUZGADO DE GARANTIA DE LIMACHE

CARAB LIMACHE C/ HECTOR FERNANDO ARAVENA GARCIA Y OTROS

Rol

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 10:21 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Interina señora Claudia Parra Villalobos, e integrada por el Fiscal Judicial suplente señor Rodrigo Cortés Gutiérrez y por el Abogado Integrante señor Eduardo Morales Espinosa, para la vista del recurso de apelación deducido por la defensa, representada por la abogada Sra. María Alejandra Olivares Vásquez, en causa RIT N°O-215-2025 del Juzgado de Garantía de Limache, Rol de Corte N°Penal-494-2025, en contra de la resolución de trece de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Héctor Fernando Aravena García. Asisten a la audiencia, por la defensa, el abogado Sr. Marcos Schmitt Magasich, revocando y, por el Ministerio Público, la abogada asesora Sra. Gabriela Araneda Cruz, confirmando; quienes expusieron sus argumentos de lo que queda registro íntegro en el audio de la Sala, por lo que no serán reproducidos. Terminados los alegatos, la Sra. Presidente dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 10:34 horas. El Tribunal resuelve: Visto, oídos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de trece de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Héctor Fernando Aravena García. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Cortés, quien estuvo por revocar la medida cautelar de prisión preventiva, estimando que otras medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para los fines del procedimiento. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-494-2025.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 10:21 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Interina señora Claudia Parra Villalobos, e integrada por el Fiscal Judicial suplente señor Rodrigo Cortés Gutiérrez y por el Abogado Integran

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