2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CORP MUNICIPAL DE LO PRADO/MARCHANT

Rol

Fecha

20 de febrero de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento monitorio, se sustanció la causa RIT I-504-2023, sobre reclamación de multa, caratulada: “Corporación Municipal de Lo Prado con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente”. Por sentencia dictada con fecha quince de enero de dos mil veinticuatro, se resolvió rechazar la reclamación interpuesta por la citada Corporación Municipal, que dirigió en contra de la Resolución de Multa N°8600/23/50 dictada por la entidad administrativa del Trabajo Santiago Poniente, ya que mantuvo las dos multas de 60 UTM cada una, por un total de $7.559.120 pesos. En contra de este fallo recurrió de nulidad la parte reclamante o demandante, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, ya que estima que la sentencia se dictó con manifiesta infracción de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: La actora, representada por el abogado don Fernando Bustamante Bustos, como ya se dijo, cuestionando el

Fallo

fallo recurrió de nulidad la parte reclamante o demandante, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, ya que estima que la sentencia se dictó con manifiesta infracción de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: La actora, representada por el abogado don Fernando Bustamante Bustos, como ya se dijo, cuestionando el fallo de marras a través del recurso de nulidad; así, lo funda en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, sosteniendo que se pronunció con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Segundo: La recurrente sostiene que la sentencia impugnada incurre en la infracción denunciada, ya que, al valorar la prueba rendida, omite injustificadamente elementos probatorios presentados por ella y, a la vez, incurre en contradicciones sustanciales que vulneran las reglas de la lógica. Sostiene específicamente, que el tribunal no valoró correctamente la prueba documental referida a los comprobantes de registro de difusión y sensibilización del protocolo psicosocial CEAL SM SUSESO 2023 de fechas 3 y 12 de julio de 2023 en CESFAM Raúl Yazigi. Señala que estas pruebas nunca fueron valoradas en la sentencia, limitándose el considerando séptimo a señalar genéricamente, que con

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Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento monitorio, se sustanció la causa RIT I-504-2023, sobre reclamación de multa, caratulada: “Corporación Municipal de Lo Prado con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente”. Por sentencia dictada con fecha quince de enero de dos mil veintic

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