TRIGO/FERNÁNDEZ - (LTE)
Rol
Fecha
20 de febrero de 2025
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que en lo que dice relación con la condena en costas, lo cierto es que el demandante ha sido patrocinado por la Corporación de Asistencia Judicial y goza de beneficio de asistencia jurídica gratuita, por lo que de conformidad a lo que disponen los artículos 591 inciso segundo y tercero y 600 inciso segundo del Código Orgánico de Tribunales, pese a haber sido vencido, debe eximírselo del pago de las costas de la causa. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia de fecha veintinueve de enero de dos mil veintidós, dictada en los autos rol N°C-4693-2020, seguida ante el Juzgado de Letras de Colina, sólo en cuanto condenó en costas al demandante; y en su lugar se declara que se le exime de dicho pago. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-15288-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y la Ministra suplente señora Lidia Poza Matus. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia de fecha veintinueve de enero de dos mil veintidós, dictada en los autos rol N°C-4693-2020, seguida ante el Juzgado de Letras de Colina, sólo en cuanto condenó en costas al demandante; y en su lugar se declara que se le exime de dicho pago. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-15288-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y la Ministra suplente señora Lidia Poza Matus. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce la resolución en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que en lo que dice relación con la condena en costas, lo cierto es que el demandante ha sido patrocinado por la Corporación de Asistencia Judicial y goza de beneficio de asistencia jurídica gratuita, por lo que de conformidad a lo que disponen los artícu
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