SIN INFORMACION

SALGADO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

20 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Claudio Hernán Torres Contreras, abogado, interpuso recurso de protección en representación de Pedro Sebastián Salgado Lavín y en contra de C.C.A.F. 18 de septiembre y C.C.A.F. Los Andes, por los descuentos efectuados a su sueldo entre los meses de marzo a septiembre de 2024, por una suma mensual de $300.000, lo que considera arbitrario, ilegal y contrario a sus garantías constitucionales establecidas en los numerales 15, 16 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que lo cobrado mediante los descuentos referidos corresponde a una deuda del año 2012, que tuvo con la Caja de Compensación de Asignación Familiar Gabriela Mistral, la cual fue absorbida por una de las instituciones recurridas, sin indicar cuál de ellas. Señala que el recurrente no es socio de las Cajas de Compensaciones “acreedoras”, lo que configuraría, además, un delito de apropiación indebida de sus remuneraciones. Refiere que la deuda fue cobrada en juicio causa Rol C-9778-2013, ante el 20º Juzgado Civil de Santiago, que iniciada con fecha 15 de julio de 2023, y que actualmente se encuentra archivada y siendo su última resolución de “abandono del procedimiento”, notificada legalmente a la parte ejecutante, concluyendo que la deuda habría pasado a ser una obligación natural. Argumenta que la acción impugnada es arbitraria por consistir en un ejercicio abusivo de las facultades de las Cajas de Compensación. Pide: “ordenar que se deje sin efecto el acto arbitrario e ilegal de descuento por planilla de la eventual deuda vigente que vincula a don Pedro Salgado Lavín, con la C.C.A.F. recurrida, declarando que debe mantenerse los pagos percibidos de manera arbitraria e ilegal, además se solicita US., Ilustrísima la devolución de estos fondos ya descontados con expresa condena en costas.” SEGUNDO: Que Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre evacuó informe, pidiendo el rechazo del recurso. Indica que el crédito cobrado fue otorgado por dicha Caja $3.012.188 (tres millones doce mil ciento ochenta y ocho pesos), con una tasa de interés mensual correspondiente a 2,32%, pagadero en 36 cuotas de $138.913 (ciento treinta y ocho mil novecientos trece pesos), más la prima del seguro de desgravamen (obligatorio según la normativa sectorial) correspondiente a $5.994, y seguro de cesantía correspondiente a $8.585; operación identificada con el folio 1346023003. Señala que el actor no pagó oportunamente ninguna de las cuotas del crédito. Reconoce el cobro judicial señalado, y que en este se declaró el abandono del procedimiento. Sostiene que los descuentos impugnados se sustentan en una serie de artículos de las leyes 18.833 y 17.322 Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, se ha instruido el cese del cobro del crédito y la restitución al actor del total recaudado desde agosto de 2024; además, de proceder a la devolución, de la cantidad de $481.036, por descuento de las remuneraciones de junio a septiembre de 202

Fallo

Por estas consideraciones, más lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Pedro Sebastián Salgado Lavín. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-19682-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Claudio Hernán Torres Contreras, abogado, interpuso recurso de protección en representación de Pedro Sebastián Salgado Lavín y en contra de C.C.A.F. 18 de septiembre y C.C.A.F. Los Andes, por los descuentos efectuados a su sueldo entre los meses de marzo a septiembre de 2024, por una suma mens

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