RODRÍGUEZ/ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO
Rol
Fecha
20 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que Juan Francisco Bahamondez Cañas, abogado, interpone recurso de protección en favor de Ingrid Karen Rodríguez Rodríguez, ambos domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes N°120 oficina 89, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en contra de la I. Municipalidad de Lo Espejo, representada legalmente por su Alcaldesa, Javiera Reyes Jara, domiciliados para estos efectos en Avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez N°8321, comuna de Lo Espejo, por haber incurrido en la omisión ilegal y arbitraria consistente en el no pago de sus remuneraciones, lo que constituye una privación, perturbación y amenaza al ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 de la Constitución Política de la República en sus numerales 2, 16 y 24. Expone que la recurrente fue notificada el 13 de junio de 2023 de su destitución mediante el Decreto Alcaldicio N°2974, sanción derivada de un sumario administrativo. Sin embargo, tras interponer un recurso de protección, esta Corte en ROL 2668-2023 declaró arbitraria e ilegal la medida el 23 de febrero de 2024, lo que fue confirmado por la Corte Suprema el 20 de agosto del mismo año. En consecuencia, la recurrente fue reincorporada a sus funciones el 10 de septiembre de 2024, quedando sin efecto su destitución y,
Fallo
por tanto, manteniendo su vínculo laboral con la Municipalidad. A pesar de lo anterior, la entidad no ha regularizado el pago de sus remuneraciones correspondientes al período entre el 14 de junio de 2023 y el 9 de septiembre de 2024, negándose informalmente a efectuar dicho pago. Indica que la negativa de la Municipalidad constituye una omisión arbitraria y discriminatoria, ya que, al haberse dejado sin efecto la destitución, el vínculo laboral nunca se interrumpió, por lo que el pago de remuneraciones es un derecho exigible. A pesar de que la recurrente presentó una solicitud formal el 4 de noviembre de 2024, la Municipalidad no ha dado respuesta oficial y solo ha manifestado de manera informal que no corresponde el pago retroactivo, sin entregar fundamentos legales para ello. Refiere que la situación vulnera los derechos constitucionales de la recurrente, afectando su igualdad ante la ley, su derecho a una justa retribución y su derecho de propiedad sobre sus remuneraciones devengadas. Previas citas legales, solicita se ordene a la institución recurrida proceder al pago, con expresa condenación en costas conforme a las reglas generales. Segundo: Que informa al tenor del recurso Diego Zepeda Acevedo, abogado, en representación de la Municipalidad recurrida, solicitando el rechazo de la acción constitucional, con costas. En primer lugar, interpone la excepción de caducidad (sic) e indica que cumplió con la orden judicial de reincorporar a la recurrente a sus funciones y
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de febrero de dos mil veinticinco. Al folio 11: Téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que Juan Francisco Bahamondez Cañas, abogado, interpone recurso de protección en favor de Ingrid Karen Rodríguez Rodríguez, ambos domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes N°120 oficina 89, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en contra de la I. Municipalidad de Lo Espej
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