JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

C/ LUCILA DEL CARMEN LOAIZA SANHUEZA

Rol

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.

Resultado

DESISTIDA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, téngase por DESISTIDA a la parte recurrente, representada por el abogado don Claudio Jara Viveros, de su recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de fecha tres de febrero de dos mil veinticinco. Devuélvase. N°Penal-168-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Al escrito folio 5: estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, téngase por DESISTIDA a la parte recurrente, representada por el abogado don Claudio Jara Viveros, de su recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de fecha tres de febrero de dos mil veinticin

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