MP C/ DIEGO IGNACIO ACEVEDO MATAMALA
Rol
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, de 11 de febrero de 2025, que decreta la prisión preventiva de Diego Ignacio Acevedo Matamala, formalizado por el ilícito de robo en lugar destinado a la habitación, en carácter de frustrado, controvirtiendo la participación del encartado, y proponiendo la medida de arresto domiciliario, total o parcial, y la prohibición de acercarse a la víctima. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, atendidos los hechos de la investigación, la gravedad de la pena, y que existen antecedentes que permiten presumir fundadamente la participación del imputado. 3°.- Que, las alegaciones hechas valer por los intervinientes en estrados, permiten, bajo el estándar requerido en esta etapa procesal, tener por acreditada la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al ilícito por el que ha sido formalizado el encartado, sin que las alegaciones de la defensa puedan desvirtuar dicha conclusión en relación a su participación, sin perjuicio de lo que pueda acreditarse durante el transcurso de la investigación. 4°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, teniendo especialmente presente que el encartado goza de irreprochable conducta anterior, esta Corte es del parecer que con una medida menos intensa que la prisión preventiva se pueden garantizar los fines del procedimiento. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 122, 139, 155 letras a) y g), 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, de once de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de Diego Ignacio Acevedo Matamala, y en su lugar se le imponen las de arresto domiciliario total y prohibición de acercarse a la víctima y a su domicilio. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Arias, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, por los propios
Fundamentos
fundamentos contenidos en ella. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Devuélvase. N° Penal-131-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GIP/ Chillán, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, de 11 de febrero de 2025, que decreta la prisión preventiva de Diego Ignacio Acevedo Matamala, formalizado por el ilícito de robo en lugar destinado a la habitación, en carácter de frustrado, controvirtiendo la participación
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica