FELIPE LUIS MUÑOZ HEREDIA / JUZGADO DE LETRAS DE PEÑAFLOR
Rol
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Rodrigo Flores Osorio, en representación de Felipe Luis Muñoz Heredia, alcalde y representante legal de la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Letras de Peñaflor, quien el 5 de febrero de 2025, en el marco de una causa de cobranza de cotizaciones previsionales, en forma que califica de ilegal, decretó una orden de arresto en contra de su representado. Afirma que en la causa seguida ante el tribunal recurrido se persigue el cobro de cotizaciones previsionales que abarcan obligaciones insolutas devengadas con anterioridad anteriores a su periodo en el ente edilicio. Añade que en el procedimiento declarativo que da origen a la causa de cobro, RIT O-92-2021, se siguió el cobro de prestaciones laborales adeudadas correspondientes al periodo entre 2010 a 2021. Indica que el artículo 32 de la Ley Nº18.695 establece: “La ejecución de toda sentencia que condene a una municipalidad se efectuará mediante la dictación de un decreto alcaldicio. Con todo, tratándose de resoluciones recaídas en juicios que ordenen el pago de deudas por parte de una municipalidad o corporación municipal, y correspondiere aplicar la medida de arresto prevista en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, ésta sólo procederá́ respecto del alcalde en cuyo ejercicio se hubiere contraído la deuda que dio origen al juicio”. Denuncia que el tribunal no analizó adecuadamente la normativa aplicable y omitió ponderar que la Ley N°18.695 es un estatuto especial que debe primar por sobre las normas establecidas en el artículo 465 del Código del Trabajo en relación al artículo 238 del Código de Procedimiento Civil. Precisa que en la causa rol O-92-2021, que origina la causa de cobranza, consistió en una demanda por reconocimiento de relación laboral respecto de un vínculo contractual con la administración anterior a la del recurrente. Añade que asumió́ como alcalde el 28 de
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de febrero dos mil veinticinco. Al escrito folio N°10: a lo principal y otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Rodrigo Flores Osorio, en representación de Felipe Luis Muñoz Heredia, alcalde y representante legal de la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Letras de P
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