SIN INFORMACION

RIVERA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

(MIGR/RD)RECHAZADA(SF)

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de JOSÉ ORANGEL RIVERA PADILLA, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre el beneficio migratorio de residencia definitiva. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 23, 27 y 40 de la Ley 19.880. Solicita, en definitiva, se acoja el presente recurso, ordenando a la recurrida que se pronuncie sin mayor dilación sobre la solicitud presentada, con costas. Acompaña documentación a su recurso. La recurrida Servicio Nacional de Migraciones, informa que la solicitud de residencia definitiva presentada por JOSÉ ORANGEL RIVERA PADILLA, se encuentra resuelta mediante Resolución Exenta N°23252861, de 04 de julio de 2023, que le otorgó la residencia definitiva. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en orden a acoger o rechazar la solicitud de residencia definitiva que el recurrente presentó ante el Servicio Nacional de Migraciones, alegando que la recurrida ha demorado en exceso al resolver su solicitud, actuando en contravención al principio de celeridad establecido en la Ley 19.880. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes y de lo señalado por el Servicio Nacional de Migraciones, se advierte que la solicitud de residencia definitiva fue resuelta mediante Resolución Exenta N°23252861, de 04 de julio de 2023, de manera que el proceso administrativo se encuentra concluido, motivo por el cual la presente acción será desestimada, por no existir medidas que esta Corte pueda adoptar al respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que: SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de JOSÉ ORANGEL RIVERA PADILLA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-18842-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción IRM/rbf Concepción, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de JOSÉ ORANGEL RIVERA PADILLA, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre el beneficio migratorio de residencia definitiva. Indica que, a la fecha, aún n

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