PÉREZ/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 14 de febrero de 2025, comparece don Felipe Pérez Evens, defensor penal público del acusado Camilo Andres Cofre Rojas, cédula nacional de identidad N°18.138-831-5, domiciliado en calle Bruno Pizarro N°13, Copiapó, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la república, interpone acción constitucional de amparo en favor de la persona singularizada, y en contra de la resolución pronunciada por la tercera sala del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Copiapó, integrada por las juezas doña Alejandra Rosas Lagos –quien presidió–, doña Miriam Pérez Gonzalez y el juez don Adrián Reyes Pardo–quien redacta–, quienes con fecha 14 de febrero de 2025, de manera arbitraria, decretaron la prisión preventiva del amparado, solicitando se adopten todas las medidas que se juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, proponiendo desde ya, dejar sin efecto lo resuelto, manteniendo las medidas cautelares personales que se decretaron en su oportunidad. Señala como antecedente que bajo el rol único de causa N°2100988734-K, se tramitó la causa seguida contra el acusado Camilo Andres Cofre Rojas, y bajo el RIT 135-2023, se llevó ante el Juzgado de Garantía de Copiapó la judicialización de esta, siendo formalizado el imputado con fecha 13 de marzo de 2023, por hechos que constituían un delito reiterado de abuso sexual impropio, en grado de ejecución de consumados y participando como autor, decretándose en dicha ocasión las medidas cautelares personales de arraigo nacional y la prohibición de aproximarse a la víctima menor de edad y a su madre. Expone que, durante toda la etapa de investigación y la etapa intermedia, no arribó a la causa ningún informe de incumplimiento de las medidas cautelares, siguiendo su curso fijándose audiencia de juicio oral, la que se tramitó bajo el RIT 201-2024. Destaca que el imputado compareció voluntariamente a todas las audiencias en las que resultaba indispensable su comparecencia, sin que se haya si quiera, decretado como medida cautelar, la detención judicial. Enseña que los días 13 y 14 de febrero del año en curso, tuvo lugar la audiencia de juicio oral, ante la tercera sala del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Copiapó, ante los jueces que fueron singularizados anteriormente, y luego de su desarrollo, y conforme al mérito de la prueba rendida y los alegatos de los intervinientes, el Tribunal estableció que los hechos eran constitutivos de un delito de abuso sexual impropio del art. 366 BIS, en carácter de reiterado conforme a lo dispone el art. 351 del Código Procesal Penal, correspondiéndole participación como autor, encontrándose en grado de ejecución de consumado, perpetrado entre los años 2017 y 2018, en perjuicio de la N.N.A. de iniciales M.J.M.F., de seis años de edad a esa época. Añade que se fijó fecha para dar a conocer íntegramente el texto de la sentencia definitiva
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Felipe Pérez Evens, a favor del amparado Camilo Andrés Cofré Rojas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol Amparo 39-2025
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, dieciocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 14 de febrero de 2025, comparece don Felipe Pérez Evens, defensor penal público del acusado Camilo Andres Cofre Rojas, cédula nacional de identidad N°18.138-831-5, domiciliado en calle Bruno Pizarro N°13, Copiapó, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de l
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