JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PERALILLO

CATALÁN CON MALDONADO

Rol

Fecha

18 de febrero de 2025

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: I.-En cuanto a la apelación de la interlocutoria de prueba. 1) Que, de las apelaciones deducidas por ambas partes, sólo corresponde acoger la interpuesta por la demandante, por cuanto el punto de prueba que ésta propone se ajusta de mejor forma a la discusión probatoria planteadas en los escritos principales del proceso. II.-En cuanto a la apelación de la resolución que no da lugar a la ampliación del peritaje. 2) Que, dicha resolución será confirmada, por cuanto la ampliación solicitada se basa en antecedentes que no surgen del mérito del proceso ni del encargo efectuado al perito. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.-Que, se confirma la resolución apelada de fecha dos de julio de dos mil veinticuatro, en causa ROL 299-2022, por el Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, con declaración que el punto de prueba N°2 se sustituye por el siguiente: “Efectividad de que la parte demandada se encuentra en posesión material de la propiedad que se reivindica, hechos y circunstancias que demuestren lo anterior”. II.-Que, se confirma, la resolución de fecha ocho de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en esos mismos antecedentes. Comuníquese y devuélvase Rol I. Corte 1094-2024- Civil (Acum. 1685-2024).

Fallo

se resuelve: I.-Que, se confirma la resolución apelada de fecha dos de julio de dos mil veinticuatro, en causa ROL 299-2022, por el Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, con declaración que el punto de prueba N°2 se sustituye por el siguiente: “Efectividad de que la parte demandada se encuentra en posesión material de la propiedad que se reivindica, hechos y circunstancias que demuestren lo anterior”. II.-Que, se confirma, la resolución de fecha ocho de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en esos mismos antecedentes. Comuníquese y devuélvase Rol I. Corte 1094-2024- Civil (Acum. 1685-2024).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: I.-En cuanto a la apelación de la interlocutoria de prueba. 1) Que, de las apelaciones deducidas por ambas partes, sólo corresponde acoger la interpuesta por la demandante, por cuanto el punto de prueba que ésta propone se ajusta de mejor forma a la discusión probatoria planteadas en los escritos principales del proce

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