MP C/ IVAN ERNESTO FLORES CORTEZ
Rol
147550-2022
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Iván Flores Cortez recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua por la cual fue condenado como autor del delito de huir o darse a la fuga del lugar del accidente sin auxiliar a la víctima, ni dar cuenta a la autoridad. 2° Que por el recurso se invoca como causal principal la del artículo 373 letra A) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, al derecho a no autoincriminarse y a la presunción de inocencia, ello por la declaración prestada por el imputado que consta en un informe policial la que fue prestada sin la presencia de su abogado defensor, no logrando la defensa impedir su reproducción en el juicio oral ante el origen ilícito de la misma; Así como por el hecho que entiende que la participación de su representado solo logró acreditarse con esa declaración, no citando el Ministerio Público a los testigos que hubiesen declarado respecto a dicho elemento. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, al corresponder lo alegado al motivo de nulidad del artículo 374 letra C) del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento en sentido amplio a ciertas actuaciones en desmedro de las facultades y los derechos que le asisten a la defensa, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Rancagua, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 147550-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros S
Fallo
fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento en sentido amplio a ciertas actuaciones en desmedro de las facultades y los derechos que le asisten a la defensa, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Rancagua, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 147550-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., el Ministro Suplente Sr. Juan Muñoz. P., y los Abogados Integrantes Sres. Eduardo Morales R., y Gonzalo Ruz L. No firman los Abogados Integrantes Sres. Morales y Ruz, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes. .
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Iván Flores Cortez recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua por la cual fue condenado como autor del delito de huir o darse a la fuga del lugar del accidente sin auxiliar a la víctima, ni dar cuenta a la autoridad. 2° Que por el recurso se invoca como causa
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