DATTWYLER/REZUC
Rol
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución recurrida, dictada en los autos Rit C-1063-2022 caratulada “Tesorería Regional de Aysén con Dattwyller” con fecha veintisiete de noviembre del año dos mil veinticuatro, que motivó el presente recurso de hecho, negó lugar a la apelación subsidiaria interpuesta por la demandada en contra de la resolución de dieciocho de noviembre de año dos mil veinticuatro, que fijó nuevo día y hora para el remate del inmueble de marras; y
Fundamentos
considerando esta Corte que la citada resolución se corresponde con la naturaleza jurídica de un decreto, conforme lo dispuesto en el artículo 158, del Código de Procedimiento Civil, esto es, de aquellas que tienen solo por objeto determinar o arreglar la prosecución del proceso, sin que al efecto se altere la substanciación regular del juicio o verse sobre trámites no regulados expresamente por la ley, conforme a las hipótesis de excepción que permiten interponer el arbitrio en cuestión, regulada en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil; y, atendido lo dispuesto, además, en los artículos 187, 203 y 205, del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Mariano Salas Arriagada, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de veintisiete de noviembre del año dos mil veinticuatro, dictada por la Señora Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Coyhaique, en cuanto por ella no se hizo lugar a tener por interpuesto y conceder recurso de apelación planteado, a su vez, en contra de resolución de fecha dieciocho de noviembre de año dos mil veinticuatro que fijó nuevo día y hora para el remate de autos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 243-2024 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución recurrida, dictada en los autos Rit C-1063-2022 caratulada “Tesorería Regional de Aysén con Dattwyller” con fecha veintisiete de noviembre del año dos mil veinticuatro, que motivó el presente recurso de hecho, negó lugar a la apelación subsidiaria interpue
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