2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUDAHUEL

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Rol

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18. 287, se confirma la resolución apelada de fecha veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol C-312222-3-2024, tramitados ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Pudahuel. Devuélvase la competencia. N° Policia Local-4317-2024. Pronunciada por, la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra suplente señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma

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