CABRERA CABRERA ANA JACQUELINE /JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE
Rol
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de lo expuesto, y que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho ante el Juzgado de Garantía de Quilpué, no advirtiéndose –en este estadio procesal- amague de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual y, visto lo previsto en el artículo veintiuno de la Carta Fundamental y en el Auto Acordado del Máximo Tribunal sobre la materia, se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-511-2025.
Fallo
se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-511-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Aep. Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio 1, “Ingreso recurso”: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de lo expuesto, y que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho ante el Juzgado de Garantía de Quilpué, no advirtiéndose –en este estadio procesal- amague de las garantías constitucionales de libertad
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