SIN INFORMACION

SANCHEZ PATIÑO ESTEBAN FELIPE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de Esteban Felipe Sánchez Patiño, de nacionalidad colombiana, interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24558922, de 6 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva, dispone su abandono del país en un plazo de 5 días y le impone una prohibición de ingreso por 25 años, por considerar que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Constitución Política de la República. Expone que dicha resolución se fundó en que registra antecedentes penales en Colombia, sin embargo, estos se encuentran prescritos y que la decisión administrativa impugnada resulta arbitraria y desproporcionada, afectando su arraigo familiar y situación laboral en Chile. Segundo: Que Valentina Gómez Baltán, abogada, en representación del Servicio Nacional de Migraciones informa que la Resolución Exenta N° 24558922 se dictó conforme a derecho, en virtud de lo dispuesto en los artículos 32 N° 5 y 88 N° 2 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería. Explica que el amparado solicitó su residencia definitiva el 15 de julio de 2020 y que, en el marco de dicho proceso, se requirió la presentación de un certificado de antecedentes de su país de origen, el cual inicialmente indicaba que no tenía asuntos pendientes con las autoridades judiciales. No obstante, al ser requerido un certificado de ampliación de antecedentes, se constató que el solicitante había sido condenado en Colombia por los delitos de estafa, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, y falsedad material en documento público, con una pena de 69 meses de prisión, según sentencia del Juzgado 1 Penal del Circuito del Municipio de Riosucio, Caldas. Sobre la base de estos antecedentes, y de conformidad con las normas migratorias vigentes, el Servicio resolvió el

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Esteban Felipe Sánchez Patiño y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Comuníquese y regístrese si no se apelare. N°Amparo-377-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de Esteban Felipe Sánchez Patiño, de nacionalidad colombiana, interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24558922, de 6

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