SIN INFORMACION

MARTA ORREGO DUARTE

Rol

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada. Y se tiene, además, presente: Que para la fijación del monto de la multa, se debe tener presente que tratándose la sanción impuesta del uso de la facultad sancionadora del Estado, se hace aplicable la regla del artículo 70 del Código Penal -dada la naturaleza infraccional del presente procedimiento- lo que permite la rebaja de la pena pecuniaria, como lo amerita en este caso, atendida la liquidación de pago acompañada a fojas 36 por la recurrente y por aparecer más ajustada y proporcional a los hechos imputados, a su gravedad y a la naturaleza y efectos de los mismos. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se resuelve: I.- Que, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de abril de dos mil veintitrés, escrita de fojas 25 a 28, dictada por el Juzgado de Policía Local de Graneros, en causa ROL 1702/2022, con declaración que la multa a la que fue condenada doña Marta Orrego Duarte por infracción al artículo 118 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, queda fijada en (4) cuatro Unidades Tributarias Mensuales, las que podrá pagar en cuotas iguales, mensuales y sucesivas de (1) una Unidad Tributaria Mensual. II.- Que, se confirma la misma sentencia, en todo lo demás. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 34-2024.Policía Local.

Fallo

se resuelve: I.- Que, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de abril de dos mil veintitrés, escrita de fojas 25 a 28, dictada por el Juzgado de Policía Local de Graneros, en causa ROL 1702/2022, con declaración que la multa a la que fue condenada doña Marta Orrego Duarte por infracción al artículo 118 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, queda fijada en (4) cuatro Unidades Tributarias Mensuales, las que podrá pagar en cuotas iguales, mensuales y sucesivas de (1) una Unidad Tributaria Mensual. II.- Que, se confirma la misma sentencia, en todo lo demás. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 34-2024.Policía Local.

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada. Y se tiene, además, presente: Que para la fijación del monto de la multa, se debe tener presente que tratándose la sanción impuesta del uso de la facultad sancionadora del Estado, se hace aplicable la regla del artículo 70 del Código Penal -dada la naturaleza infraccional de

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