MP C/ JEANN ANDRES SANDOVAL VALDERRAMA
Rol
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, atendido el mérito del registro de audio y lo expuesto por los intervinientes, se estima justificado el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en cuando al delito formalizado y su grado de desarrollo, esto es, en robo en lugar no habitado en grado frustrado. 2°) Que en cuanto a la necesidad de cautela, teniendo presente que el encartado ha sido condenado con anterioridad por delitos de la misma especie, arriesgando la imposición de una pena efectiva, constituyen antecedentes calificados que permiten presumir que no se presentará a los actos del procedimiento, por lo que se configura un peligro de fuga, riesgo que no es posible soslayar sino con una caución alta, como aquella fijada por la magistratura a quo. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por el juez (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Salvador Briceño Guevara, en audiencia de diez de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de Jeann Andrés Sandoval Valderrama, por la causal de peligro de fuga, regulando una caución para sustituirla. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-122-2025
Texto Completo (Preview)
Fecha: diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Primera. Rol Corte: Penal-122-2025. Ruc N°: 2500184989-4. Rit N°: 1079-2025. Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. Ministros: Ministra señora Aída Osses Herrera, ministro señor Pablo Krumm de Almozara y Fiscal Judicial señor Rodrigo Cid Mora. Relatora: Anita Maluenda Hernández. Abogado Asesor MP: Marcelo Peñailillo Henriquez.
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