C/ JORGE NICOLAS RUEDAS GONZALEZ Y OTROS
Rol
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos objeto de la formalización y presumir fundadamente la participación que en los mismos se atribuye a Jorge Nicolás Ruedas González, Fabián Leandro Páez López, Alonso Enrique Soto Godoy y Marcelo Alejandro de la Fuente Toledo. En cuanto a las alegaciones aducidas por la defensa en orden a contar con dos testigos que habrían sido dependientes de un negocio ubicado al frente del lugar, en la vía pública, donde habrían sido detenidos los imputados, y con videograbaciones de cámaras de seguridad que revelarían, asimismo, dicha circunstancia, lo cierto es que el ente persecutor aseveró que las diligencias investigativas autónomas de la defensa por las que se habría procurado tales medios, no constan en la carpeta investigativa ni la defensa, tampoco, siquiera solicitó incorporarlas a través del sistema informático del Ministerio Público. En estas circunstancias y habiendo sido autorizada la defensa para exhibir el video en estos estrados, con la anuencia previa del representante del ente persecutor, es lo cierto que, si bien es posible advertir en él parte de una interacción en la vía pública, aparentemente entre personal policial y terceros, no resulta posible, sin otros antecedentes, determinar si quienes aparecen en ella son los imputados u otras personas, ni tampoco la dinámica completa de la dinámica, circunstancias en las cuales dicho elemento aparece del todo insuficiente para desvirtuar de modo suficiente el mérito probatorio de los antecedentes referidos por el Ministerio Público. En razón de todo lo dicho, se tienen por concurrente en la especie la concurrencia de las circunstancias previstas en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal 2º.- Que, por otra parte, en lo relativo a la necesidad de cautela, exigida en la letra c) de la norma legal citada, es lo cierto que la naturaleza del ilícito imputado, la naturaleza, diversidad, cantidad y peligrosidad de las sustancias ilícitas incautadas, la forma de comisión de los hechos, la pen
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-830-2025 Ruc: 2500201360-9 Rit : O-2411-2025 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Inelie Durán Madina, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers Relatora: Leyla Escobar Digitador : D
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