1º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

LOGÍSTICA TRENTO SPA/AGRICOLA E INMOBILIARIA LOS ALTOS DE ZAPALLAR LIMITADA

Rol

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 279, 290, 295 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diez de enero del año dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-22085-2024, y en su lugar, se concede la medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble ubicado en Parcela de Secano Nº 52 ubicado en la Comuna de Zapallar, Provincia de Petorca, inscrito a fojas mil ciento treinta y seis Vuelta (1136v) número ochocientos noventa y ocho (898) del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho (2018), a nombre de AGRICOLA E INMOBILIARIA LOS ALTOS DE ZAPALLAR LIMITADA, en el Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, debiendo en forma previa a su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, rendirse por el solicitante caución en los términos del artículo 2350 del Código Civil. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-1471-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 279, 290, 295 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diez de enero del año dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-22085-2024, y en su lugar, se c

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