JUZGADO DE LETRAS DE LIMACHE

PRADO/TRUJILLO

Rol

Fecha

13 de febrero de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Visto: Que, la parte demandada y demandante reconvencional de don Jorge Adolfo Trujillo Cuevas, representada por el abogado don Javier Gutiérrez Opazo, recurrió de apelación y casación en la forma en contra de la sentencia de primer grado, de 8 de febrero de 2023, fundando la nulidad de ésta en que habría sido dictada con infracción de lo dispuesto en el artículo 768 N°4, toda vez, que a su juicio se extendió a puntos no sometidos a conocimiento del Tribunal. Que a folio 6, se declaró admisible el recurso de casación en la forma y se ordenó traer estos autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la vía del recurso de casación en la forma, se solicita la nulidad del laudo y dictación de sentencia de reemplazo en la que se rechace la demanda de cancelación material de inscripción dominical y se acoja la demanda reconvencional de acción reivindicatoria, con costas. Segundo: Que los argumentos vertidos en el recurso no guardan relación con la causal contenida en el N°4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, desde que lo resuelto en la sentencia -según se lee de su decisorio III.- se condice perfectamente con lo que fuera pedido expresamente en la demanda, para la acción principal. Tercero: Que, por consiguiente, el

Fallo

fallo impugnado no se ha extendido a materias que no fueran sometidas a conocimiento del sentenciador, lo que determina que la pretensión anulatoria deducida sea rechazada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 768 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que, se desestima el recurso de casación en la forma deducido en contra de la sentencia de ocho de febrero dos mil veintitrés. II. Se confirma, en lo apelado, el referido fallo. Regístrese, notifíquese y devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N°Civil-1758-2023. En Valparaíso, trece de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, trece de febrero de dos mil veinticinco. Visto: Que, la parte demandada y demandante reconvencional de don Jorge Adolfo Trujillo Cuevas, representada por el abogado don Javier Gutiérrez Opazo, recurrió de apelación y casación en la forma en contra de la sentencia de primer grado, de 8 de febrero de 2023, fundando la nulidad de ésta en que habría sido dictada

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